El contrato de prestación de servicios se ha convertido en un mecanismo para desconocer derechos laborales de los trabajadores de diferentes entidades, sin embargo, la Constitución, la Ley y la Jurisprudencia adoptan herramientas en defensa de los derechos y beneficios mínimos como consecuencia de la relación laboral denominada contrato realidad. Al iniciar un proceso para el reconocimiento del contrato realidad, se obtienen las prestaciones sociales de Ley además de la sanción al empleador.
Si usted ha sido contratado bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios pero cumple o cumplió:
• Prestación personal del servicio
• Un horario fijo o periodo de tiempo
• Recibía ordenes
• Cumplía funciones de igual categoría de otro funcionario o compañero en la entidad
Estos son algunos casos que hemos conocido, si este es su caso, ¡DEMANDE! no permita que le vulneren sus derechos.
“Jorge recien graduado acepto trabajar bajo la modalidad de prestación de servicios para adquirir experiencia, sin embargo después de varios años de trabajo cumpliendo horario, recibiendo ordenes y teniendo un puesto fijo de trabajo, decidieron no renovar su contrato y Jorge salió de aquella empresa estatal sin ninguna de sus acreecias que le correspondian. ”
“ Ana trabajó durante varios periodos, cumplia horario, trabajaba bajo subordinación, y tenia un puesto de trabajo, hasta que no renovaron su contrato y no recibió ninguna de sus acreencias que le correspondian ”
“Miguel trabajó 15 años para una Entidad Estatal en Bogotá, cumpliendo con TODAS las funciones de un trabajor de nómina, por el cambio de gobierno no le renovaron su contrato de prestación de servicios y salió de trabajar sin ninguna de sus acreencias laborales.”
“Trabajaba como enfermera en un Hospital público; con largos jornadas laborales y bajo subordinación de un superior, a Patrica le vulneraron sus derechos. ”